Por decisión de la Comisión Técnica de la F. A. E. se procedió a la autorización para modificar el artículo 9º “Relación de Compresión” del Reglamento Técnico del “T. C. 850” llevando la relación de compresión en los motores Tipo “B” a la medida de 9,50 a 1 sin ninguna tolerancia de más.- Asimismo adjuntamos el resto de la información que brinda la categoría en forma oficial
viernes, 27 de junio de 2008
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